CONSEJO SUPERIOR DE
INVESTIGACION, CREACION ARTISTICA, DESARROLLO Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
Con un sistema de gobierno universitario que integra a las organizaciones civiles e instituciones gubernamentales a las deliberaciones de esta institución académica la UNRN ha consolidado el enfoque de universidd emprendedora, asociativa e innovadora con el que inició sus actividades.
Los órganos colegiados de gobierno tienen funciones normativas generales, de asesoramiento y de control en sus respectivos ámbitos.
Entre otras, las competencias del Consejo Superior de Investigación, Creación Artística, Desarrollo y Transferencia de Tecnología son:
- Dictar los reglamentos generales necesarios para el régimen de investigación,creación artística, desarrollo y transferencia de tecnología de la Universidad.
- Definir las estrategias y prioridades de Investigación, Creación Artística, Desarrollo y Transferencia de Tecnología de la Universidad, las metas plurianuales y el Plan Operativo Anual con los resultados esperados, con base a las políticas que establezca la Asamblea Universitaria.
- Proponer al Consejo Superior de Programación y Gestión Estratégica la creación,fusión o supresión de Unidades Ejecutoras de Investigación, Creación Artística y Transferencia de Conocimientos, previo dictamen del Consejo de Investigación, Creación Artística, Desarrollo y Transferencia de Tecnología de la Sede respectiva.
- Establecer las condiciones para el funcionamiento de las Unidades Ejecutoras de Investigación, Creación Artística y Transferencia de Conocimientos. Aprobar las convocatorias a la presentación de programas y proyectos de investigación y creación artística.
- Establecer el régimen de evaluación externa de programas y proyectos de investigación y creación artística, y el sistema de seguimiento de programas y proyectos.
- Promover una convivencia fundada en la igualdad, el respeto a la diversidad, evitando formas de discriminación y violencias basadas en la identidad de género y/o en la orientación sexual.
- Establecer el reglamento de funcionamiento de la Unidad de Vinculación Tecnológica de la Universidad.
- Establecer el régimen de becas de investigación.
- Establecer las estrategias y programa de acción para el desarrollo de la Editorial y de publicaciones de la Universidad y aprobar la reglamentación correspondiente.
- Aprobar el régimen de propiedad intelectual de los resultados de investigación, creación artística, desarrollo y transferencia de tecnología de la Universidad.
- Entender en acciones dirigidas a la valorización, explotación, utilización de recursos y productos de las capacidades científico-tecnológicas de la Universidad.
- Entender en la asociación con organismos científicos y tecnológicos, nacionales e internacionales.
- Entender en el desarrollo de parques científico - tecnológicos e incubación de empresas de base tecnológica o entes artísticos.