NUESTROS DOCENTES

Toda nuestra plantilla docente cuenta con las credenciales académicas apropiadas para impartir cursos en sus respectivas áreas.

 
 
INVESTIGACIÓN

Desarrollamos investigación aplicada y promovemos la generación de patentes, modelos y sistemas innovadores para beneficio de nuestra sociedad.

 
 
NUESTROS PROGRAMAS

La UNRN concibe a la Extensión Universitaria en su forma más amplia, como parte de la estrategia y el estilo de desarrollo de la institución

 
 

INSTITUCIONAL

La Junta Electoral tiene como objetivo fiscalizar el proceso electoral y se integra por cinco miembros. El/la Rector/a y un (1) representante de los claustros (Profesores, Auxiliares de Docencia, Estudiantes y Nodocentes), que deberán reunir los mismos requisitos que los exigidos para ser electores. La Junta Electoral será presidida por el Rector / la Rectora o por quien éste designe de los integrantes de la Junta Electoral. A los efectos de la integración de la Junta Electoral, el Rector / la Rectora en acuerdo con los Vicerrectores / las Vicerrectoras de Sedes propondrán un miembro en representación por cada uno de los claustros, y serán designados por el Consejo Superior de Programación y Gestión Estratégica. Será incompatible integrar la Junta Electoral y postularse como candidato, simultáneamente. En el caso de que el Rector / la Rectora en ejercicio se postule para algún cargo, la Presidencia de la Junta Electoral recaerá en un Vicerrector/a de Sede, de ser éste/a también candidato/a, la Presidencia será determinada por el Rector / la Rectora. El quórum de la Junta Electoral se obtendrá con al menos tres (3) de los miembros de la misma. En el acta de constitución del cuerpo, la Junta Electoral fijará domicilio legal y la distribución de cargos internos. Las resoluciones que adopte la Junta Electoral sobre todo lo concerniente a los procesos electorales serán irrecurribles. La Junta Electoral podrá designar un representante en cada una de las Sedes.

Funciones y atribuciones

  • Desarrollar todas las acciones necesarias para la realización del acto electoral.
  • Receptar los padrones de los distintos claustros.
  • Oficializar los padrones de los distintos claustros y remitirlos a las Sedes y Rectorado según corresponda
  • Receptar las solicitudes de oficialización de fórmulas y/o listas de candidatos/as.
  • Verificar el cumplimiento de los requisitos por parte de las/los candidatas/os.
  • Oficializar las fórmulas y/o listas de candidatos/as y remitirlas a las Sedes y Rectorado para su publicación, difusión y exhibición.
  • Resolver en única instancia sobre las impugnaciones, omisiones o errores que se presenten en los padrones, fórmulas de candidatos/tas o listas de candidatos/tas.
  • Oficializar los modelos de boletas.
  • Organizar y fiscalizar el acto electoral y decidir cualquier cuestión que se plantee durante y con motivo de su desarrollo, a cuyo efecto podrá resolver la adopción de cualquier medida conducente a asegurar el normal desenvolvimiento del acto.
  • Realizar el escrutinio y cómputo provisorios de los votos.
  • Realizar el escrutinio y cómputo definitivos de los votos y confeccionar las actas respectivas con los resultados finales.
  • Resolver cualquier situación no prevista en este Reglamento y efectuar las interpretaciones que resulten necesarias, según el Código Electoral Nacional.
  • Labrar las actas en las que se consigne todo lo actuado durante su función.
  • Proclamar a las/los candidatas/tos electos/as.

Domicilio Legal: Belgrano N° 526 Primer Piso – Viedma CP. 8500

Domicilio Electrónico: juntaelectoralunrn@unrn.edu.ar

Junta Electoral vigente

RES CSPyGE Nº 030-23 - Designa Junta Electoral

 

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